sábado, 11 de mayo de 2013

Conferencia 1


    Por: Alcántara Rocío 
       Fuentes María
       Godoy  Ana Carolina
       Méndez  Aimeé
       Ricaño Diana Karen


Transgénicos, Bioética y Comercio Internacional

Bioética 

Estudio sistemático de la conducta humana trata de hacer un análisis sobre que es correcto y lo que no lo es.
Bio= vida
ethos= carácter, comportamiento.

Áreas de aplicación de la bioética:
  •           Medicina
  •           Ética
  •           Ecología
  •           Ambiente

Transgénicos

Los alimentos transgénicos son aquellos que fueron producidos a partir de un organismo modificado genéticamente mediante ingeniería genética. Dicho de otra forma, es aquel alimento obtenido de un organismo al cual le han incorporado genes de otro para producir las características deseadas.

Los productos transgénicos implican cuestiones como:
  •         Salud
  •         Agricultura
  •         Medio Ambiente
  •         Comercio
  •         Ética

Biotecnología: acelera el proceso de los transgénicos.

La biotecnología es una serie de avances científicos de productos y servicios; liberación internacional del comercio, la protección de la propiedad del comercio, la autodeterminación económico-productiva de los pueblos originarios, la producción de la biodiversidad a partir de la adaptación de las especies al medio y la ética de la manipulación genética.

Beneficios:
  •       Agricultura: se crean nuevas variedades de cultivo. Implica saber cuáles son las consecuencias de los transgénicos ya que ese es el problema de los transgénicos porque no se sabe si van a causar daño a la salud de las personas y daño al medio ambiente.
  •       Salud: Fabricación de fármacos, vacunas y antivenenos accesibles, trasplantes más seguros, insulina humana, plasmas, productos que no son naturales.
  •        Medio Ambiente y biodiversidad: registro de especies, remediación en sitios contaminados.
  •        Recursos marinos: nuevas sustancias de uso médico e industrial, alimentos balanceados.
  •        Sector Pecuario: Nuevas razas y métodos

Marco jurídico Internacional:
  • ·    Declaración de Rio sobre el Medio Ambiente y el desarrollo: Con el fin de proteger el medio ambiente.
  • ·        Convenio sobre la diversidad biológica: Cada parte contratante con la medida de lo posible y según proceda, establecerá o mantendrá medios para regular o controlar los rasgos derivados de la utilización y la liberación de OVM como resultado de la biotecnología que puede tener repercusiones en el ambiente.
  • ·        Protocolo de Cartagena: aborda la necesidad de asegurar la transferencia, manejo y uso seguro de organismos vivos modificados.
  • ·    Protocolo de Nagoya-kuala Lumpur sobre responsabilidad y comprensión: adopta un enfoque administrativo para proporcionar medidas de respuesta en aquellos casos en que haya daño o probabilidad de daños de la conservación de la diversidad biológica.


Comercio Internacional

Se define como comercio internacional o mundial, al intercambio de bienes, productos y servicios entre dos o más países o regiones económicas.

Marco Jurídico Nacional

  •       Ley de organismos genéticamente modificados: Regula las act. de utilización confinada, liberación experimental, liberación en programa piloto, liberación comercial con el fin de evitar los posibles riesgos que estas puedan ocasionar a la salud humana o al medio ambiente.
  •     Código Penal: Articulo 420

















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